
¿Cuándo es necesaria una Declaración de Obra nueva? Aquí te lo explicamos
La escritura de declaración de obra nueva es un documento notarial que detalla si en un terreno se construye un nuevo edificio o se modifica uno existente. Este documento refleja cualquier cambio realizado sobre o debajo del terreno. En Carabassí Casas te explicamos cuándo es necesario.
¿Cuál es su propósito?
El principal objetivo de la escritura de declaración de obra nueva es permitir su inscripción en el Registro de la Propiedad y, si aplica, establecer el derecho de superficie. Este derecho autoriza a una persona a construir en un terreno ajeno conservando temporalmente la propiedad de lo edificado.
¿Quién puede gestionarla?
Esta escritura puede ser tramitada por:
● Promotores inmobiliarios: Construyen inmuebles para vender o alquilar.
● Propietarios: Quienes edifican una vivienda en su terreno para uso personal.
Tipos de escritura de declaración de obra nueva
- Obra nueva en construcción: Aplica a obras que se desean registrar antes de concluirlas. Es comúnmente requerida para obtener una hipoteca. Documentación necesaria: licencia de obra y certificado técnico que acredite que la construcción coincide con el proyecto aprobado.
- Obra nueva terminada: Se emplea para registrar construcciones ya finalizadas. Requisitos habituales: licencia de primera ocupación, certificados técnicos de finalización, habitabilidad, eficiencia energética, seguro decenal, libro del edificio y coordenadas UTM.
- Obra nueva antigua: Se utiliza para inscribir propiedades no registradas o registradas erróneamente. Requiere certificación técnica, acta notarial o certificación catastral.
¿Es obligatoria?
Para uso personal no es estrictamente necesaria, pero sí recomendada para acceder a servicios básicoscomo agua y luz. Es obligatoria si se alquila, vende o si se solicita una hipoteca. Para promotores, el trámite es indispensable cuando se financia la construcció no se destina el inmueble a la venta o alquiler.
¿Cuánto cuesta?
El coste depende del valor de la obra, incluyendo:
● Impuesto de Actos Jurídicos Documentados(IAJD): 0,5% a 1,5% del presupuesto de ejecución.
● Honorarios notariales.
● Tasas del Registro de la Propiedad.

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